Plan Obligatorio de Salud
El POS Es el conjunto de servicios de atención en salud a los que tiene derecho un usuario, cuya finalidad es la protección de la salud, la prevención y curación de enfermedades, el suministro de medicamentos para el afiliado y su grupo familiar y el reconocimiento económico de incapacidades y licencias de maternidad.El POS vigente, definido por la CRES en su Acuerdo 008, es un conjunto de 5832 actividades, procedimientos e intervenciones en salud y servicios hospitalarios, así como mas de 660 medicamentos para atención de toda y cualquier condición de salud o enfermedad o patología para usuarios de cualquier edad en el Régimen Contributivo y afiliados menores de 18 años en el Régimen Subsidiado.
Para los afiliados mayores de 18 años en el Régimen Subsidiado el Plan Obligatorio de Salud igualmente cubre las actividades, procedimientos e intervenciones y medicamentos del Régimen Contributivo pero para determinados eventos o casos específicamente descritos en la norma.
Mediante el mencionado Acuerdo 008[5] la CRES actualizó y aclaró el POS que estaba vigente hasta diciembre de 2009 lo cual implicó el incremento importante de servicios de salud al incluir más de 300 actividades, procedimientos e intervenciones especializados, con lo cual este plan de beneficios es ahora más claro y beneficioso para la población cubierta según las condiciones de cada régimen antes mencionadas.
Dicha actualización con incrementos de servicios fue el resultado de estudios técnicos y financieros realizados por el Ministerio de la Protección Social, que la CRES tuvo en cuenta para dar cumplimento a sus competencias y responsabilidades así como a las órdenes de la Honorable Corte Constitucional.
El POS da cubrimiento a:
- Programas de prevención de enfermedades.
- Urgencias de cualquier orden, es decir, necesidades que requieren atención inmediata.
- Consulta médica general y especializada en cualquiera de las áreas de la medicina.
- Consulta y tratamientos odontológicos (excluyendo ortodoncia, periodoncia y prótesis).
- Exámenes de laboratorio y Rayos X.
- Hospitalización y cirugía y procedimientos quirúrgicos y no quirúrgicos descritos en el Anexo 2 del Acuerdo 008 de la CRES en todos los casos en que se requiera.
- Consulta médica en psicología, optometría y terapias.
- Medicamentos esenciales en su denominación genérica.
- Atención integral durante la maternidad, el parto y al recién nacido.
- Atención con tratamientos de alto costo para enfermedades catastróficas que son aquellas que representan una alta complejidad técnica en su manejo, alto costo, baja ocurrencia y bajo costo efectividad en su tratamiento. Se incluyen las siguientes:
- Tratamiento con radioterapia y quimioterapia para el cáncer.
- Diálisis para insuficiencia renal crónica, trasplante renal, de corazón, de médula ósea y de cornea.
- Tratamiento para el SIDA y sus complicaciones
- Tratamiento médico quirúrgico para el trauma mayor.
- Reemplazos articulares.
- Tratamiento quirúrgico para enfermedades del corazón y del sistema nervioso central.
- Terapia en unidad de cuidados intensivos.
- Tratamiento quirúrgico para enfermedades de origen genético o congénito.
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